Sentencia contra la resolución por la que se estalece el Plan de Ordenación Docente (POD), para el curso 2004-2005 del Departamento de Economía Aplicada.
Vistos los artículos citados y demás de pertinentes y de general aplicación.
FALLO
Estimo parcialmente el recurso contencioso administrativo interpuesto por María Victoria Verdugo Matés, María Isabel Cal Bouzada, y Carlos María Fernández-Jardón Fernández, contra resolución del de fecha 15 de marzo de 2005, dictada por el Rector de la Universidad de Vigo, desestimatoria del recurso de alzada presentado al Consejo de Gobierno, interpuesto por los ahora recurrentes contra la resolución por la que se establecía el Plan de Ordenación Docente (POD), para el curso 2004 – 2005 del Departamento de Economía Aplicada; actos que anulo, al entenderlos contrarios a Derecho. Sin costas.
Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que no es firme y que contra ella pueden interponer recurso de apelación ante este Juzgado en el plazo de quince días a partir de la notificación, del cual conocerá la Sala de lo contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia.
Así, por esta mi sentencia, cuyo original se incluirá en el libro de sentencias, llevando testimonio a los autos, juzgando definitivamente en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
PUBLICACIÓN.- En VIGO, a diciséis de febrero de dos mil seis. Leída y publicada en el día de la fecha ha sido la anterior sentencia por el Magistrado-Juez que la dictó, en audiencia pública. Doy fe.
Vistos los artículos citados y demás de pertinentes y de general aplicación.
FALLO
Estimo parcialmente el recurso contencioso administrativo interpuesto por María Victoria Verdugo Matés, María Isabel Cal Bouzada, y Carlos María Fernández-Jardón Fernández, contra resolución del de fecha 15 de marzo de 2005, dictada por el Rector de la Universidad de Vigo, desestimatoria del recurso de alzada presentado al Consejo de Gobierno, interpuesto por los ahora recurrentes contra la resolución por la que se establecía el Plan de Ordenación Docente (POD), para el curso 2004 – 2005 del Departamento de Economía Aplicada; actos que anulo, al entenderlos contrarios a Derecho. Sin costas.
Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que no es firme y que contra ella pueden interponer recurso de apelación ante este Juzgado en el plazo de quince días a partir de la notificación, del cual conocerá la Sala de lo contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia.
Así, por esta mi sentencia, cuyo original se incluirá en el libro de sentencias, llevando testimonio a los autos, juzgando definitivamente en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
PUBLICACIÓN.- En VIGO, a diciséis de febrero de dos mil seis. Leída y publicada en el día de la fecha ha sido la anterior sentencia por el Magistrado-Juez que la dictó, en audiencia pública. Doy fe.